Con la finalidad de proteger el principio del interés superior de la niñez, regulando la incorporación de niños a un nuevo entorno familiar definitivo por medio de la adopción plena, la diputada María Eugenia García Oliveros, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, formuló una iniciativa de reforma al Código Civil estatal.
La legisladora comentó que la adopción es el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de hijo del o de los adoptantes, y a estos, los deberes y derechos inherentes a la relación paternofilial.
Remarcó que es un procedimiento legal mediante el cual niños, niñas o adolescentes son acogidos en una familia con el propósito de ofrecerles afecto, cuidados, educación, protección y un ambiente propicio para su desarrollo; y que, al ser adoptados, se establece un vínculo equivalente al de familia consanguínea entre el adoptado y la familia adoptante.
Mencionó que, en la actualidad existe el reconocimiento y regulación de cuatro tipos de adopción, que son: la simple, la plena, la internacional y la realizada por extranjeros. En ese sentido, indicó que la adopción simple es aquella en la que se transfiere la patria potestad, así como la custodia personal. Sólo origina vínculos jurídicos entre el adoptante y el adoptado, y es revocable.
Mientras que, la adopción plena se equipará al hijo consanguíneo para todos los efectos legales, incluyendo los impedimentos de matrimonio. El adoptado tiene los mismos derechos, deberes y obligaciones del hijo consanguíneo y debe llevar los apellidos del adoptante o adoptantes, y es irrevocable.
García Oliveros se refirió a la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que estableció requisitos uniformes de adopción en todo el país, y el deber de las entidades federativas de ajustar sus legislaciones; así como a la homologación de los certificados de idoneidad y de adoptabilidad.
Precisó que lo que se busca es que las adopciones se realicen en apego al interés superior de la niñez y puntualizó que en Guanajuato se reconocen tres tipos de adopción: la plena, la simple y la internacional. También habló de la dificultad para adoptar en la entidad, de que existen alrededor de 700 menores que viven hoy día en las diferentes Casas Hogar de la entidad con la esperanza de que se les restablezca el derecho de tener una familia.
Argumentó que, en Guanajuato, al igual que en otras entidades del país, las posibilidades de ser adoptados son mínimas debido a los rigurosos tramites que existen en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado y en el Código Civil estatal.
“En Guanajuato la tasa de deserción es del 45% que todos aquellos que iniciaron el trámite, mientras el 55% de solicitantes si tienen un certificado de idoneidad (documento que te válida para adoptar) pero prácticamente el 95% de ellos quieren un niño menor de cinco años, así que la espera se hace más larga”, enfatizó.
La legisladora externó que, de acuerdo con María Teresa Palomino Ramos, procuradora de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el 2024 cerró con 53 juicios de pérdida de patria potestad, de los que derivaron 65 adopciones de infantes y adolescentes que vivían alguna situación de violencia en su familia; y que, hasta el mes de julio de 2024, de un total de 500 niñas, niños y adolescentes en condición de ser adoptados, sólo 150 eran susceptibles para ello.
Finalmente, manifestó que se proponía la eliminación de la adopción simple, a fin de lograr la armonización del Código local con el Código Civil Federal, ya que las adopciones simples son revocables, lo cual perjudica psicológica y emocionalmente al adoptado al tener que ser regresado a una institución pública o privada que se haga cargo de él.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.