La diputada Hades Berenice Aguilar Castillo y el diputado David Martínez Mendizábal, integrantes del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentaron una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y a la Ley Reglamentaria de la Fracción XV del artículo 88 de la Constitución local, para establecer otro medio de control de la Constitución local denominada acción por omisión legislativa.

Al dar lectura a la exposición de motivos del documento, el diputado David Martínez Mendizábal indicó que aunque la acción por omisión legislativa no sea reconocida como un medio de control específico en el ámbito federal, sí ha sido analizada por la Suprema Corte de Justicia  y ejemplificó que el máximo tribunal consideró que el juicio de amparo procedía contra las omisiones legislativas cuando el legislador no haya legislado sobre una determinada cuestión existiendo una norma constitucional que de manera clara y precisa establezca la obligación de hacerlo, debiéndose demostrar además que con la omisión se actualiza una vulneración a los derechos fundamentales.

Afirmó que, en Guanajuato se han reconocido únicamente dos mecanismos para garantizar la observancia de la Constitución estatal, que son: la controversia constitucional y la acción de inconstitucionalidad.

“Consideramos necesario que se amplíen las garantías que hagan posible la aplicación de las reglas y principios reconocidos en nuestra Constitución local, en este caso mediante la acción propuesta, que específicamente busca que los mandatos establecidos en la Constitución local por el constituyente permanente y dirigidos al legislador ordinario para que legisle sobre una determinada cuestión, se cumplan oportunamente”, enfatizó el congresista.

Martínez Mendizábal precisó que esa figura ya se ha reconocido como medio de control constitucional local en estados como Tlaxcala, Veracruz, Quintana Roo y la Ciudad de México; y que podía definirse como la falta de desarrollo por parte del Poder Legislativo, durante un tiempo excesivamente largo, de aquellas normas constitucionales de obligatorio y concreto desarrollo, de forma tal que se impide su eficaz aplicación.

También señaló que la propuesta considera que la ciudadanía pueda formar parte teniendo la posibilidad de iniciar la vía propuesta una vez que se reúna el porcentaje cuando menos del 0.1% de la lista nominal de electores correspondientes a la entidad y se incluye a los ayuntamientos y al Poder Ejecutivo como autoridades que pueden ser demandadas; entre otros aspectos.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.