Las diputadas Dessire Angel Rocha y Yulma Rocha Aguilar formularon una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y a la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato para establecer como requisito negativo de idoneidad en los procesos de designación de la persona titular de la Auditoría Superior, magistraturas, consejerías del Poder Judicial y de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, el no haber sido dirigente de partido político en los cinco años anteriores y en el caso de la Fiscalía, contar con experiencia y formación especializada en la materia del cargo.

En su exposición de motivos, la diputada Dessire Angel Rocha se refirió a las recientes propuestas realizadas por el titular del Ejecutivo estatal y señaló que en su partido político sostenían que la amenaza a la independencia judicial en todos los cargos deviene de nombramientos inadecuados, sea por las capacidades profesionales de las personas relacionadas con el ejercicio del poder, o por la aplicación de procedimientos inconvenientes en su designación.

Resaltó que la función jurisdiccional no puede estar supeditada a intereses económicos o políticos, ya que, dijo, aceptar modulaciones a esa afirmación implicaría validar que la Constitución y los derechos humanos reconocidos en ella, estarían también subyugados a intereses de índole económica o política.

Comentó que estados como Aguascalientes establecen que, para ser titular de una Magistratura del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, requieren de no haber tenido un cargo como dirigente de partido político durante el año previo al día de su designación; mientras que en Durango, para asumir la titularidad del Tribunal de Justicia Administrativa se siguen los mismos requisitos que para el puesto equivalente del Tribunal Superior del Estado, entre los que se encuentra no haber ocupado un cargo directivo de ningún partido político.

Angel Rocha indicó que, en la polarización en que vivimos, se tiene la obligación de no perder de vista que los actos contrarios a la Constitución son condenables, independientemente de quien los ejecuta, y que siempre la realidad es motivo para buscar contención y la voluntad del legislador no debería ponerse del lado de su partido.

Finalmente, manifestó que se proponen tres nuevos requisitos negativos para el nombramiento de las personas titulares de la Auditoría Superior del Estado de Guanajuato, la Fiscalía General del Estado y la Procuraduría de Protección de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, así como para las Magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia y Consejerías del Poder Judicial.

Se agregaría el no haber sido dirigentes de partidos o asociaciones políticos a nivel nacional, estatal o municipal; no haber tenido una candidatura a un puesto de elección popular y no haber sido ministros de ningún culto religioso, durante los cinco años anteriores a la designación de los cargos.

Asimismo, agregó que para el caso de la persona que ocupe la titularidad de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato, se propone que además de cumplir con cinco años de experiencia en la materia de procuración de justicia, cuente también con formación en derechos humanos.

La parte correspondiente a la Constitución Política local se turnó a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales; mientras lo relativo a la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado se remitió a la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables para su estudio y dictamen.