Con el objeto de ampliar el derecho de las mujeres víctimas de situación de violencia, al acceso a los refugios sin ninguna limitante y utilizar cada uno de los servicios que ofrecen, las diputadas Martha Lourdes Ortega Roque, Yulma Rocha Aguilar y Dessire Ángel Rocha, y el diputado Gerardo Fernández González presentaron una iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato.

La diputada Martha Lourdes Ortega Roque señaló que la violencia contra las mujeres en todas sus formas era una grave violación a los derechos humanos, y que la manifestación más grave era el feminicidio, el cual está tipificado desde un enfoque político, jurídico y social.

Precisó que el Sistema Nacional de Seguridad Pública reveló en un estudio sobre la incidencia delictiva y llamadas al 911 con respecto a violencia contra las mujeres, que municipios como Celaya, Irapuato y Guanajuato se encuentran entre los 50 primeros lugares del ranking de 100 municipios con mayor tasa de presuntos feminicidios, y que el estado se posiciona como el noveno lugar de los 32 estados, adelante de Tamaulipas, Puebla, y San Luis Potosí de presuntos delitos de violencia familiar, estando en primer lugar con homicidios dolosos contra mujeres.

Afirmó que, en Guanajuato, diversas formas de violencia contra las mujeres se siguen tolerando y muchas ocasiones se han normalizado, además de que su impunidad impedía garantizar la reparación del daño. Asimismo, subrayó que la violencia se podía presentar en diferentes entornos o círculos sociales fuera del familiar, y esos podían ser igual o de mayor gravedad.

Agregó que acudir al hogar buscando protección o resguardo podría significar un riesgo mayor, si se tratara de mujeres que viven solas y se encuentren en una situación de peligro, sobre todo si se comparte la vivienda con más miembros, acudir a ésta también representaría un riesgo para quienes conviven con la víctima.

Ortega Roque se refirió a que los refugios pueden ser una alternativa pero que recurrir a esos tiene limitantes marcadas en la ley, tales como que la víctima haya sufrido violencia familiar y además cuente con hijas o hijos para acudir a dichos establecimientos.  En ese sentido, dijo que no se contemplaba cuando la víctima no sufrió violencia familiar o no cuenta con hijas o hijos.

“Presentamos la siguiente propuesta para ampliar el derecho de las mujeres víctimas en situación de violencia, al acceso a refugios sin ninguna limitante y utilizar los servicios ofrecidos por estos”, enfatizó.

Finalmente, la legisladora subrayó que se debían eliminar los obstáculos institucionales a las víctimas que acudan a refugios con el fin de garantizar su protección y seguridad; así como establecer acciones administrativas como presupuestales para constituir nuevos y fortalecer la operación.

La iniciativa fue turnada a la Comisión para la Igualdad de Género para su estudio y dictamen.