La diputada Martha Edith Moreno Valencia y el diputado David Martínez Mendizábal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, formularon una iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato, para reforzar las órdenes de protección para mujeres víctimas de violencia.
En su exposición de motivos, la congresista Moreno Valencia manifestó que la violencia que sufren las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad es un continuo atropello a sus derechos humanos, situación que no ha sido suficientemente visibilizada ni atendida por las autoridades.
Asimismo, dijo que las demandas y necesidades de las mujeres víctimas de violencia no se ven cubiertas o respaldadas de forma adecuada por las instituciones y la actual legislación, por lo que era urgente actualizar y perfeccionar aquellos instrumentos destinados a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
En ese sentido, mencionó que una de las medidas que contribuyen a la prevención y atención de la violencia son las órdenes de protección y agregó que fue aprobada una reforma a nivel federal para modificar la conceptualización de dichas órdenes.
“La nueva conceptualización de las órdenes de protección no sólo precisa a las autoridades competentes para otorgarlas, sino que permite que estas órdenes de protección se otorguen de oficio o a petición de parte, precisando que debe evitarse que la persona agresora tenga contacto directo o indirecto con la víctima”, enfatizó.
Moreno Valencia señaló que de acuerdo con el Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las Mujeres en Guanajuato se han registrado 2,690 órdenes de protección emitidas, lo que reflejaba, por una parte, los altos niveles de mujeres que sufren violencia y, por otra, que es un instrumento recurrente, pero que no brinda la cobertura suficiente, por lo cual debe ser fortalecido para dar respuesta a la situación de vulnerabilidad que viven las niñas, adolescentes y mujeres
Agregó que actualmente, la entidad no prevé instituciones como primeros respondientes frente a casos de violencia contra las mujeres, y que además solicita la ratificación de la víctima cuando las órdenes de protección son pedidas por una tercera persona, traduciéndose como una restricción para acceder a éstas.
Al homologar la legislación, indicó la congresista, las órdenes de protección pueden ser otorgadas por instancias como el Ministerio Público o por los órganos judiciales, según la naturaleza de estas, o bien, pueden ser solicitadas por cualquier persona y tras una valoración de los hechos, son las autoridades competentes quienes deciden su emisión, dictadas bajo determinados principios.
Finalmente, agregó que de aprobarse la propuesta se fortalecerá el mecanismo de las órdenes de protección, expidiéndose de manera inmediata o a más tardar dentro de las 4 horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan, en vez de tardar las 8 horas que dicta la legislación actual, agilizando el proceso y actuando con prontitud para salvaguardar la integridad y vida de las víctimas.
Adicionalmente, refirió la diputada, se extenderá la temporalidad de ese recurso legal, pasando de 72 horas a una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación, o prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima.
La iniciativa fue turnada a la Comisión para la Igualdad de Género para su estudio y dictamen.