Convocadas por la Comisión de Asuntos Electorales se llevaron a cabo dos mesas de trabajo para analizar el mismo número de propuestas legales que inciden en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.
Elección consecutiva en caso de re distritación electoral
El diputado Bricio Balderas Álvarez mencionó que cuando se presentó la iniciativa, el Consejo General del INE aún no definía la nueva conformación de los distritos electorales locales, por lo que existía cierta incertidumbre respecto a la posibilidad que éstos se modificaran.
Sin embargo, dijo, aún y cuando se siguen conservando los 22 distritos uninominales electorales locales, a partir de septiembre de este año tienen una nueva configuración, tanto de los municipios que integran un distrito como de secciones electorales de un mismo distrito.
El congresista manifestó que el tema central de la propuesta no era la elección consecutiva, ya que sabían que hay varios elementos a considerar para aspirar a ésta, pero en estos momentos se considera que existe una laguna legal por definir ante estas modificaciones recientes.
“Se propone adicionar un párrafo para cuando se presente una nueva conformación en los distritos electorales, los diputados sujetos a elección consecutiva puedan postularse con independencia del número de distrito o de la composición que les corresponda, pero que al menos comprenda alguno de los municipios que integran o formaban parte del distrito por el cual fueron electos; lo cual no aplica a los diputados electos por el principio de representación proporcional”, puntualizó.
En general, los participantes externaron opiniones dividas, por un lado, hablaron de que sí se debe regular el tema de la distritación, el cual ha estado cambiando; mientras que, por otro, consideraban inconveniente incorporar la condición para la elección consecutiva en el concepto de una re distritación
Balderas Álvarez indicó que no se trataba de la elección consecutiva en sí misma, sino que, así como está actualmente la norma y con la modificación en los distritos, un diputado que fue electo por el distrito de Villagrán ahora no podría competir por el cambio que hubo, por mencionar un ejemplo.
En su intervención, la legisladora Susana Bermúdez Cano consideró que no es inconstitucional la manera en que está planteada la propuesta.
Para concluir, el legislador Gustavo Adolfo Alfaro Reyes precisó que la elección hasta por cuatro periodos consecutivos a las diputadas y diputados rompió el paradigma de la no reelección que por años se había venido ejerciendo.
Señaló que había quedado claro que el sistema electoral local se encuentra diseñado según el principio de mayoría relativa, al sistema de distritos electorales uninominales contándose con 22 distritos en la entidad y que, habiendo escuchado con atención las posiciones vertidas había quedado claro que la iniciativa previene una posible asignación numérica de distritos en el estado que pueda realizar la autoridad competente.
En ese sentido, puntualizó que debían estar preparados normativamente y contar con la herramienta que otorgue sustento y certeza jurídica a quienes puedan seguir como candidatas o candidatos a una diputación haciendo uso de su derecho de participación consecutiva en la elección, a través del voto directo.
Simultaneidad de cargo a presidente municipal y regiduría
El diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes manifestó que la propuesta buscar derogar el artículo que refiere que sí un candidato a presidente municipal es postulado por el principio de mayoría relativa, y no obtiene el primer lugar en la elección, pero consigue la votación suficiente como límite mínimo, puede acceder a la asignación de una regiduría por el principio de representación proporcional; esto dependerá de la posición del registro dentro de la lista respectiva.
En su participación, el legislador Armando Rangel Hernández indicó que la posibilidad de que se dé el caso citado estaba en contrasentido con la voluntad del electorado expresado a través del voto, que se traduce en la ocupación del cargo público, al conformarse el Ayuntamiento, en donde los partidos políticos estarán representados según el respaldo popular que obtengan.
Enfatizó que pareciera no respetarse el derecho de la ciudadanía a dicha representación, ya que, si su voluntad era elegir a determinado candidato como presidente municipal, eso no implicaba necesariamente que también lo puedan elegir para ocupar una regiduría dentro del Ayuntamiento.
El representante del Tribunal Estatal Electoral consideró que la propuesta estaba acorde a lo que señala el artículo 12 de la Ley Estatal Electoral, que establece claramente que a ninguna persona podrá registrársele como candidato a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral.
En el mismo sentido se pronunció el Instituto de Investigaciones Legislativas; mientras que los representantes de los partidos se manifestaron en contra al ser una reforma muy reciente que solo se ha ejercido en un proceso electoral.
El diputado Cuauhtémoc Becerra González externó que no se merecía un mayor análisis, que era clara la postura de los presentes y cuestionó qué había sucedido en la anterior legislatura, al argumentar que no estaba mal, ya que se demostró que es correcta porque se echó a andar y no podían calificarla de errónea si ha pasado apenas un año. En su oportunidad, la diputada Susana Bermúdez Cano indicó que el Partido Acción Nacional no utilizó ese mecanismo y subrayó que el tema daba para el análisis y seguirían respaldando la propuesta.
Finalmente, el congresista Gustavo Adolfo Alfaro Reyes apuntó que todas las intervenciones serán valoradas para la dictaminación de la iniciativa.
Estuvieron presentes las diputadas Susana Bermúdez Cano, María de la Luz Hernández Martínez y Lilia Margarita Rionda Salas; así como los diputados Gustavo Adolfo Alfaro Reyes (presidente) y Cuauhtémoc Becerra González. Además, los acompañó el congresista Bricio Balderas Álvarez y Armando Rangel Hernández.
De igual manera participaron representantes de los partidos políticos, de la Coordinación General Jurídica, del Tribunal Estatal Electoral del Estado y del Instituto de Investigaciones Legislativos.