El Congreso del Estado de Guanajuato reformó el Código Penal del Estado de Guanajuato para modificar la definición de feminicidio y agregar las causales por las cuales se considere que existe dicho delito por razón de género.

Las modificaciones contemplan cambios en la redacción para estipular que comete feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razón de género, además de agregar en el apartado que señala la existencia de razón de género cuando ocurra en agravio a la víctima cuando exista una relación laboral o docente, se incinere o desmiembre el cuerpo y que el mismo sea depositado o arrojado en letrinas, fosas sépticas, basureros o fosas clandestinas.

También abarca una sanción de cuarenta a setenta años de prisión y de cuatrocientos a setecientos días de multa si la víctima del delito fuese menor de dieciocho años de edad, adulta mayor, persona con discapacidad o estuviese embarazada; si el sujeto activo es servidor público y que valiéndose de tal condición cometa la conducta; o si el feminicidio se comete en presencia de los ascendientes o descendientes de la víctima o de cualquier persona menor de dieciocho años.

Asimismo, se especifica que el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima y los hijos sobre los que se tenga obligaciones, incluidos los de carácter sucesorio.

Al hacer uso de la voz, la diputada Susana Bermúdez Cano manifestó que el feminicidio en México es una realidad alarmante que requiere una atención inmediata y una respuesta integral por parte de la sociedad y de las autoridades por ser el acto más extremo de la violencia de género que ha cobrado la vida de miles de mujeres en el país.

La legisladora refirió que la Comisión de Justicia determinó que lo conveniente es prever el feminicidio como un delito autónomo, además de agregar las relaciones laborales, de docente y sentimentales para contrarrestar las ideas preconcebidas sobre el comportamiento adecuado de mujeres y hombres que perpetuaba roles de género y reproduce conductas de discriminación y mayores sanciones para casos que involucren a ciertos sectores de la sociedad.

Por su parte, la congresista Yulma Rocha Aguilar expresó que las modificaciones vienen a perfeccionar el tipo penal de feminicidio por la integración de elementos que contribuirán para que las muertes violentas de mujeres sean investigadas con perspectiva de género, la cual calificó como necesaria por el contexto que se vive en Guanajuato.

Agregó que la falta de tipificación de homicidios como feminicidios ha hechos que diversas organizaciones e instituciones adviertan de un posible subregistro en las cifras, siendo un problema que la Fiscalía General del Estado y algunas autoridades de la entidad se niegan a reconocer, toda vez que dichas acciones traen consecuencias negativas al momento de prevenir, atender o erradicar los aspectos relacionados con la violencia contra las mujeres.

La propuesta fue aprobada por unanimidad.

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