El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria, aprobó el límite de aportaciones individuales que podrán recibir las organizaciones civiles que presentaron su aviso de intención para constituir un partido político local.

Entre el 21 y el 31 de enero de 2025, se presentaron ante el IEEG siete avisos de intención de asociaciones civiles para constituirse como partidos políticos locales.

El Consejo General consideró adecuado determinar un límite de aportaciones individuales que podrán recibir las organizaciones que pretenden constituir y obtener el registro como partidos políticos locales en el estado de Guanajuato, conforme a las disposiciones relativas a las aportaciones individuales de simpatizantes que pueden recibir los partidos políticos previstas en la ley electoral local.

La fracción IV del artículo 55 de dicha ley, establece que las aportaciones individuales de simpatizantes que podrán recibir los partidos políticos en el estado de Guanajuato tendrán como límite anual el 0.5 por ciento del tope de gasto para la elección de gubernatura inmediata anterior.

Conforme al acuerdo CGIEEG/023/2024, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 el tope de gasto para la elección de gubernatura ascendió a la cantidad de 82 millones 549 mil 675 pesos, siendo el caso que el 0.5 por ciento de tal importe equivale a 412 mil 748 pesos.

Conforme a lo establecido en la ley electoral local, se estableció el límite de 412 mil 748 pesos con 37 centavos.

Se dará cumplimiento a sentencia del TEEG

En otro punto del orden del día, se aprobó dar cumplimiento a la sentencia emitida en el procedimiento especial sancionador TEEG-PES-131/2024 por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), en que se impuso multa al partido político morena.

El 28 de enero de 2025 se recibió en la Oficialía de Partes del Instituto el oficio TEEG-ACT-023/2025, por medio del cual remitió́ la sentencia en que se impuso multa al partido político morena por la cantidad de 11 mil 314 pesos por el actuar indebido por parte de ese instituto político a través de su representante propietario ante el Consejo General del IEEG, por la emisión de expresiones que violentaron el periodo de reflexión denominado veda electoral.

Se descontará al partido político morena de la ministración mensual del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes correspondiente al mes de abril de 2025, la cantidad referida.

Se aprueba acuerdo relacionado con multa del INE al PT

En otro punto del orden del día se aprobó el acuerdo emitido con relación al diverso INE/CG2382/2024, por el que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) da cumplimiento a la sentencia de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Toda vez que se informó que la sanción impuesta al Partido del Trabajo en la resolución lNE/CG1960/2024, cuyo importe fue de 364 mil 903 pesos fue ejecutada del financiamiento federal ordinario de ese instituto político en el mes de enero de 2025, el IEEG no tiene acciones pendientes por realizar en el ámbito de su competencia.

Se aprueba respuesta a consulta de organización civil

En otro punto del orden del día se aprobó la respuesta al escrito presentado por la organización ciudadana Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato, relativo al procedimiento para constituirse como un partido político local.

El 31 de enero de 2025, la organización ciudadana Guía Nacional Indígena Originaria de Guanajuato, presentó ante este Instituto su intención de constituirse como partido político local.

Asimismo, en el aviso de intención solicitó que esta autoridad evalué la posibilidad de realizar ajustes en el procedimiento de registro para constituir un partido político local, así como en los plazos, en los formatos para el desarrollo de las asambleas y en cuanto a la proporción poblacional exigida.

El 6 de marzo de 2025, la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos notificó a la organización ciudadana que se le tiene por no presentado el aviso de intención para constituirse como partido político local, dado que no cumplió con la totalidad de los requisitos establecidos, de conformidad con el numeral 20, párrafos sexto y séptimo de los Lineamientos.

Respecto a la segunda solicitud, el Consejo General por mayoría de votos concluyó que no es viable realizar los ajustes al procedimiento para constituir un partido político local.

La respuesta se aprobó por mayoría de votos.

La sesión completa se puede ver en :

https://www.facebook.com/IEEGTO/videos/632407046085585