Esta tarde, el Pleno del Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato en materia de reforma al Poder Judicial.

En el documento se precisa que con esta reforma se debe fortalecer al Poder Judicial, como un ente constitucional, cuya finalidad es contar con tribunales que aseguren la supremacía de la ley fundamental; que impida que los poderes constituidos rebasen la competencia y atribuciones que expresamente les señala la propia Constitución, y se materialice la protección real de los derechos humanos, y se visualice con amplitud la división de poderes.

Con estas reformas, se incluye de manera integral el lenguaje incluyente y no sexista; se establece dentro de los derechos de toda persona inculpada dentro del proceso penal que, en caso de no cumplirse el plazo señalado y no se haya dictado sentencia, dentro de la etapa de juicio, el órgano jurisdiccional que conozca del asunto deberá dar aviso inmediato al Tribunal de Disciplina Judicial del Estado y justificar las razones de su demora;

Se indica que, el organismo público electoral local, en los términos que determine la Ley, otorgará las constancias de mayoría y declarará la validez de las elecciones de las personas juzgadoras y personas magistradas del Poder Judicial; se señala que, el ejercicio del Poder Judicial corresponde al Supremo Tribunal de Justicia del Estado, a las personas juzgadoras, al Tribunal de Disciplina Judicial del Estado y al Órgano de Administración Judicial.

Dentro de las facultades del Congreso del Estado se modifica lo relativo a la designación de magistrados para precisar que le corresponde seleccionar, en los términos de la Constitución, a las personas que habrán de participar en la elección para las magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado, a las personas juzgadoras del Poder Judicial, así como a la persona integrante del Órgano de Administración Judicial correspondiente al Poder Legislativo.

También se adecuan las facultades y obligaciones de la persona gobernadora del estado para señalar que propondrá, en los términos de la Constitución, a las personas que habrán de participar en la elección para las Magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado, así como de personas juzgadoras del Poder Judicial; y realizará la propuesta de la persona integrante del Órgano de Administración Judicial correspondiente al Poder Ejecutivo, en los términos que establece esta Constitución.

Además, se señala que la administración del Poder Judicial del Estado estará a cargo de un Órgano de Administración Judicial, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado.

Se indica, que el Tribunal de Disciplina Judicial del Estado será un órgano del Poder Judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; se puntualiza que durarán seis años en su encargo, serán sustituidos de manera escalonada y no podrán ser electos para un nuevo período y que cada dos años se renovará la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial.

Se agrega que, el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial será la autoridad substanciadora y resolutora en primera instancia; que las personas magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial ejercerán su función con independencia e imparcialidad; que el Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y carrera judicial del Poder Judicial;  que el informe anual de labores del Poder Judicial se rendirá en el mes de diciembre por quien ejerza la presidencia del Supremo Tribunal de Justicia.

Se modifican los requisitos para ser persona magistrada, entre ellos, se elimina el de tener cuando menos 35 años cumplidos; se indica que para el día de la publicación de la convocatoria deberán contar con título de licenciatura en derecho expedido legalmente y haber obtenido un promedio general de calificación de cuando menos ocho puntos; se incluye como requisito el no haber sido persona titular de una Secretaría de Estado federal o local o encargado de despacho, Fiscal General de la República o del Estado, senadora o senador, diputada o diputado federal o local, ni persona titular del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria.

En las reformas se puntualiza que, las personas magistradas del Supremo Tribunal de Justicia durarán en el ejercicio de su encargo nueve años, podrán ser reelectos, y se indica que, las personas magistradas serán elegidas de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones locales ordinarias del año que corresponda.

Además, se establece en uno de los transitorios que las personas magistradas, personas consejeras del Consejo del Poder Judicial y personas Juzgadoras que se encuentren en funciones al inicio del proceso electoral ordinario de 2027 podrán postularse y participar en la elección ordinaria del mismo año para algún cargo de elección popular del Poder Judicial por el periodo que corresponda cuando cumplan con los requisitos constitucionales y legales aplicables.

Al presentar el dictamen, el diputado Juan Carlos Romero Hicks indicó que el dictamen recoge las voces del Poder Judicial, del Poder Ejecutivo, de jueces, magistrados y el gremio de abogados, aunado a que todo juez necesita tener independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo.

También comentó que la situación estatal tiene mayor repercusión que la nacional porque el 80% de los casos son locales y no federales y que en la última jornada electoral se reveló la falta de otra reforma a nivel nacional por el exceso de abstencionismo de la población que no confía en el nuevo método de elección de jueces.

El congresista Rodrigo González Zaragoza se pronunció en contra, al comentar que se veía un cambio en reversa, que respetaban el esfuerzo que se hace desde las magistraturas de mujeres y hombres que se han dedicado una vida entera a dictar sentencias y en la entidad camina el Poder Judicial de manera óptima y que los índices de corrupción no eran tan altos como en otros estados, lo que está demostrado con cifras.

Consideró que, el hecho de llevar a votación a magistrados y jueces era un error histórico, porque los que eran electos de manera popular en las urnas eran ellos como legisladores. Agregó que era inconcebible que ahora se tengan que ridiculizar, pagando pautas comerciales, haciendo bailes, coreografías, llamándose de manera chistosa con apodos, que a eso se estaba llevando la justicia en México.

Al hablar a favor del dictamen, la congresista Rocío Cervantes Barba precisó que el dictamen puesto a discusión tiene el objetivo común de realizar una armonización con la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia del Poder Judicial, aunado a que elementos del nuevo modelo pueden generar fricciones o aparentes contradicciones en la autonomía Judicial.

Agregó que la tarea se centrará en buscar una justicia más accesible, visible y legítima ante la ciudadanía, sumado a que el Poder Judicial por su propia naturaleza no debe someterse a las dinámicas políticas y a la lógica electoral, sino que debe actuar con imparcialidad, técnica jurídica y sentido de justicia y que la elección popular introduce diversos factores de riesgo como la politización de los jueces.

En su participación, la diputada Susana Bermúdez Cano comentó que la reforma no es menor, es de las más trascendentales en la historia de México, porque es incluir el principio de la democracia en el Poder Judicial, es someter al voto popular a quienes imparten justicia.

Argumentó que la armonización que se plantea recaba los puntos estructurales de la reforma federal del 15 de septiembre de 2024, entre ellos: garantizar una justicia pronta y expedita las personas deberán ser juzgadas antes de cuatro meses, cuando la pena máxima no exceda de dos años de prisión y antes de un año cuando exceda del mismo; que la administración del Poder Judicial estará a cargo del Órgano de Administración Judicial; la disciplina de su personal a cargo de los integrantes a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial; cada Poder integrará el listado de sus candidatos, quienes cumplan con los requisitos y que resulten mejor evaluados para cada cargo sujeto a elección; entre otras.

Finalmente, externó que estaba satisfecha con la reforma, la cual sólo es la base de las reformas que deben hacer a la Ley Orgánica del Poder Judicial y, subrayó que desde esa libre configuración reforzarán al Poder Judicial, para seguir garantizando a las y los guanajuatenses una impartición de justicia de calidad.

Por su parte, la legisladora María del Pilar Gómez Enríquez externó que Guanajuato da un paso decisivo con una reforma histórica, que más allá de una armonización, busca robustecer al Poder Judicial de la entidad con un proceso de selección que permitirá integrar a los profesionales más capacitados, garantizando una justicia eficaz, transparente e independiente.

La legisladora complementó su participación indicando que en la entidad asume el desafío con la convicción de consolidar la seguridad jurídica, garantizar una justicia de calidad y optimizar el funcionamiento del sistema, en el que resalta los mecanismos de selección con la conformación de comités evaluadores con representación de los tres poderes y se implementara una fase de capacitación para garantizar la competencia técnica y la integridad moral.

El diputado Sergio Alejandro Contreras Guerrero mencionó que la justicia federal en el país se ha transformado, y era momento de hacer lo correspondiente en la entidad

Afirmó que era tiempo de evolucionar la legislación y armonizarla en aras de tener un Supremo Tribunal de Justicia más eficiente y transparente, que aumentará la confianza ciudadana, dijo, en donde todos los poderes del Estado emanen del pueblo.

Remarcó que, la percepción de la ciudadanía sobre la justicia en el estado es de un sistema negligente, confuso, discriminatorio, inaccesible y lento, donde el acceso a la justicia es más fácil de obtener para quien tiene dinero, que para quien no.

Argumentó que, si bien, la labor de la impartición de justicia exige conocimientos técnicos y especializados, eso no debe ser excusa para excluir al pueblo del proceso de elección de jueces y magistrados, ni a los competentes profesionistas del derecho de ser parte y poder acceder en un campo parejo en esos procesos de selección.

La legisladora María Eugenia García Oliveros comentó que el dictamen busca garantizar los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial, crear el Tribunal de Disciplina Judicial y un órgano de administración, así como el retomar la recomendación Interamericana de Derechos Humanos que ha establecido que la participación ciudadana y la transparencia en los procesos de selección son fundamentales para la independencia e integridad de los impartidores de justicia.

Finalmente, dijo que se estará pendiente de la implementación del nuevo esquema judicial para atacar cualquier intención de corromper el propósito de la reforma, así como para ajustar los dispositivos legales necesarios para garantizar la independencia del Poder Judicial.

El dictamen fue aprobado por mayoría de votos. En lo particular, el diputado Jorge Arturo Espadas Galván presentó una serie de reservas a nombre de la Junta de Gobierno y Coordinación Política que modifican el dictamen e inciden en los artículos 82 párrafo séptimo, noveno, diecisiete, eliminar el penúltimo párrafo y modificar el último.

De igual manera, ajustar el artículo 83 en su párrafo segundo; el artículo 86 último párrafo; el artículo 86 bis párrafo segundo; el artículo 88 para eliminar la fracción trece y modificar la diecisiete; artículo 92 fracción quinta, doceava y catorceava; el artículo 93 fracción segunda y tercera; así como los transitorios segundo, séptimo, el octavo se elimina y se propone uno nuevo; el décimo primero y el décimo tercero.