El grupo parlamentario del PRI presentó una iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado de Guanajuato, a fin de respetar el acuerdo de la madre y el padre para decidir el orden de los apellidos del hijo nacido dentro del matrimonio o los reconocidos, cuando ambos comparezcan ante el Oficial del Registro Civil.

En la exposición de motivos, el diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes señaló que la propuesta legal busca establecer que cuando el registrado se presente como hijo nacido dentro de matrimonio o comparezcan ambos padres a reconocerlo, éstos decidirán en común acuerdo el orden de los apellidos.

Además, el oficial del Registro Civil se limitará a advertir a ambos padres sobre la filiación del registrado con respecto al resto de sus familiares, respetando en todo momento la decisión de aquellos.

Subrayó que con la actualización de la legislación quedará atrás la discriminación al rol que la mujer casada desempeña en la familia, alineándose al artículo 1 constitucional y dando vigencia a su inclusión de igualdad como persona y como integrante de la célula familiar, diluyéndose la inconstitucionalidad que se conserva por razones histórico-sociológicas.

“El oficial del Registro Civil se limitará a observar a la madre y al padre respecto de la conservación o no de la filiación del hijo o hija registrada con respecto al núcleo familiar, lo cual también hay que decirlo, será responsabilidad del padre o madre tomar en cuenta estas cuestiones, pues a futuro podrán dificultar al registrado la filiación con su entorno familiar, en cada uno de los casos”, dijo.

El legislador comentó que poner primero el apellido paterno refrenda una tradición que busca darle mayor estatus al hombre, pues se entendía que él era la cabeza de la familia y que su apellido era el que debía transmitirse de generación en generación.

“Actualmente, en nuestro país, las mujeres han dejado de cambiar su primer apellido por el de su marido, sin embargo, ha perdurado la tradición de transmitir a los hijos el apellido paterno. Así se puede observar de un análisis a las legislaciones civiles de las entidades federativas que son 5 estados los que establecen explícitamente que es el apellido paterno el que debe asentarse primero, mientras que 13 estados cuentan con disposiciones que no establecen el orden, pero mencionan primero el apellido paterno; el resto de los estados simplemente prevén que las personas tendrán dos apellidos”, explicó.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.