El diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Arancelaria para el Cobro de Honorarios Profesionales de Abogados y Notarios y de Costas Procesales para el Estado de Guanajuato, con el objeto de que el valor base de arancel deje de ser la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y se utilice la Unidad de Salario Diario Promedio para el Profesional en Derecho.
Lo anterior, para dotar de claridad y referencia objetiva y justa la prestación del servicio profesional de abogados y notarios, así como las costas procesales.
Al dar lectura a la exposición de motivos, el congresista se refirió a la reforma a la Constitución Política federal, en materia de desindexación del salario mínimo que, dijo, fue la creación de la UMA para sustituir la utilización y referencia que hasta ese momento existía del salario mínimo, como medida para cuantificar el pago de obligaciones que un gran número de leyes federales, estatales y municipales, preveían.
Apuntó que el énfasis del análisis de esas iniciativas estuvo puesto en que el salario mínimo sufría un deterioro de su poder adquisitivo, porque se encontraba vinculado por múltiples normas jurídicas a servir como unidad de medida, base o referencia, para multas, sanciones, obligaciones administrativas, cuotas, entre otras obligaciones, que provocaban que no fuera posible buscar un valor remunerativo y real del salario.
En ese sentido, habló de la reforma en 2016 a la Ley Arancelaria para el Cobro de Honorarios Profesionales de Abogados y Notarios y de Costas Procesales para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de armonizar las referencias sobre salario mínimo y quedar como UMA, la cual consideró errónea e indebida, porque la norma referida, tiene como esencia el concepto de honorarios.
Prieto Gallardo indicó que la citada ley busca regular la prestación de servicios profesionales, por lo que, dijo, era evidente que la prestación de esos servicios es eminentemente la prestación de un trabajo, es decir, una ocupación retribuida, que en todo caso debe tener como referencia un pago que se denomina honorarios, y el trabajo profesional puede llegar a ser medido en salarios o sueldos, siendo incorrecto ligarlo a la UMA.
“Mantener la reforma del año 2016 a la Ley Arancelaria para el Cobro de Honorarios Profesionales de Abogados y Notarios y de Costas Procesales, hace evidente la desigualdad entre profesiones remuneradas en salarios mínimos y los honorarios profesionales de abogados y notarios del Estado de Guanajuato, cuyo arancel se establece en UMAs”, argumentó.
Finalmente, agregó que la desigualdad podía verse porque de acuerdo con la tabla de salarios mínimos vigentes en el país, el menor es de 173.86 pesos diarios mientras que la UMA este 2022 tiene un valor de 96.22 pesos diarios, lo que hace evidente lo desproporcional entre los valores de remuneración por trabajos profesionales, en demérito de abogados y notarios guanajuatenses, cuyos honorarios, en caso de tener que recurrir a la ley citada, están sujetos a la UMA.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.