Con el objeto de reconocer los derechos de las personas con discapacidad, en especial el de ejercer su propia personalidad jurídica, el diputado Ernesto Alejandro Prieto Gallardo, integrante del grupo parlamentario del Partido MORENA, presentó una iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado de Guanajuato.
En su exposición de motivos, el congresista señaló que, en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual fue aprobada en 2006 y también fue suscrita por México, se establece el derecho que tienen todas las personas con discapacidad al reconocimiento de su personalidad jurídica, en igualdad de condiciones y en todos los aspectos de la vida.
Refirió que dicho instrumento permite garantizar el desarrollo social de las personas, ya que se reconoce que todas las personas con cualquier tipo de discapacidad deben poder gozar del reconocimiento del ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.
Aunado a lo anterior, el legislador precisó que por ello se debe analizar la figura de interdicción, pues, actualmente, de acuerdo con el Código Civil estatal, dicha figura está pensada en determinar en forma absoluta la incapacidad mental de una persona para ejercer su capacidad jurídica.
Asimismo, expuso algunas consideraciones presentadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación con el tema, entre las cuales destacó el esquema de asistencia en la toma de decisiones y el estado de interdicción; y que los juzgadores federales deben reconocer la capacidad y personalidad jurídica, de tal manera que el hecho de que una persona tenga una discapacidad no debe ser motivo para negarle la personalidad y capacidad jurídica.
En ese sentido, Prieto Gallardo indicó que era indispensable realizar reformas al Código Civil para reconocer la personalidad de toda persona con discapacidad.
“Se hace indispensable reformar el Código Civil para el Estado de Guanajuato, con la finalidad de reconocer la personalidad de toda persona con discapacidad, privilegiando la autodeterminación, el desarrollo libre de la personalidad y el fomento de una vida autónoma y de una identidad propia en tanto sea mayor de edad, como regla general para toda persona, esto es, igualdad de condición”, concluyó.
La propuesta plantea que la menor edad constituye restricción a la capacidad jurídica, los que se encuentren en esta podrán ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes; mientras que se reconoce capacidad jurídica a toda persona con discapacidad que sea mayor de edad, privilegiándose el desarrollo libre de su personalidad y toma de decisiones propias.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen