El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de reforma al Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, para garantizar el acceso igualitario a la justicia administrativa, esencial para proteger los derechos de las personas y resolver sus disputas, fortaleciéndose con ello los principios de igualdad, proporcionalidad, decisión, economía, previa audiencia, publicidad, oficiosidad, verdad material, eficacia, oportunidad y congruencia.
Al hacer uso de la voz, el diputado Jorge Arturo Espadas Galván indicó que la justicia administrativa es una de las materias más importantes de la ciencia jurídica por comprender los instrumentos jurídicos para la defensa de los derechos y de los intereses legítimos de los particulares frente a la conducta administrativa de los órganos públicos.
Por lo anterior, el congresista precisó que se busca que los medios de apremio se apliquen de manera indistinta y no progresiva por parte de las autoridades, a fin de hacer cumplir sus determinaciones, ello con el propósito de dotar de mayor eficacia y efectividad al cumplimiento de las resoluciones, al igual que en caso de que el acto administrativo no contiene la mención de los medios de defensa, ni la autoridad ante la cual deba interponerse, ni el plazo para ello, se contará con el doble de plazo que establezcan las disposiciones legales o reglamentarias para interponer el recurso o el proceso administrativo.
Asimismo, el legislador refirió que las modificaciones también contemplan que los procedimientos administrativos se resuelvan en un plazo máximo de dos años, lo cual permite un resolución pronta y justa para el gobernado; se incluye que el recurso de reclamación podrá ser promovido por cualquiera de las partes, mientras que el recurso de reclamación podrá ser promovido por cualquiera de las partes, con excepción del supuesto previsto de manera exclusiva para las autoridades. Respecto de las sentencias emitidas en la vía sumaria no procederá dicho recurso.
Espadas Galván dijo que el cumplimiento sustituto de una sentencia podrá ser solicitado por cualquiera de las partes o decretado de oficio por el magistrado que hubiera emitido la sentencia, cuando por las circunstancias materiales del caso sea imposible o desproporcionadamente gravoso restituir las cosas a la situación que guardaban con anterioridad al proceso.
Finalmente, remarcó que la iniciativa tiene un alto impacto social en la vida de los justiciables ya que les garantiza el acceso igualitario a la justicia, lo cual es esencial para proteger los derechos de las personas y resolver sus disputas.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia, para su estudio y dictamen.