Con el objetivo de dotar a la autoridad administrativa electoral de facultades expresas para aplicar las medidas cautelares en los procedimientos de sanción ordinario o especial, el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional formuló una iniciativa de reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.

Al hacer uso de la voz en tribuna, el diputado Gustavo Adolfo Alfaro Reyes detalló la exposición de motivos de la propuesta y dijo que las autoridades electorales de carácter administrativo deben sujetar su actividad a dar seguridad jurídica a los actores políticos y a la ciudadanía en general, actuando sin favorecer a nadie, con total desapego a los Poderes del Estado o a cualquier otra fuerza que pudiese influir en la toma de sus decisiones al momento de realizar sus funciones administrativas.

Agregó que dentro de los procesos electorales federales y locales, así como municipales, se desarrollan las precampañas y campañas electorales, y que era en dichas etapas en las que se vulneran con mayor frecuencia las disposiciones electorales en varios temas, como son el exceso de uso de recurso, abuso de financiamiento privado, campañas ofensivas a los contendientes, entre otras cosas, que de forma generalizada se ve reflejado a través de la emisión de propaganda electoral principalmente.

Alfaro Reyes mencionó que en esa etapa del proceso electoral también era común que los gobiernos violenten las disposiciones electorales, al destinar recursos financieros o humanos a los candidatos, fuera de lo permitido por la legislación electoral, o bien, realicen actos de propaganda gubernamental prohibida por la ley de la materia.

“Es pertinente precisar la regulación y definiciones de los actos de campaña y precampaña electoral, porque consideramos que esta es la etapa a la que el legislador debe poner especial atención, en la arista de que con los actos de precampaña y de campaña se vulneran constantemente los derechos fundamentales de terceras personas”, enfatizó.

En ese sentido, manifestó se debe establecer la procedencia de las medidas cautelares y precisar que esas se podrán aplicar siempre y cuando haya solicitud del área técnica y aprobación de la contenciosa de la autoridad electoral administrativa, en los procedimientos ordinario o especial de imposición de sanción por violaciones a la legislación electoral.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Asuntos Electorales para su estudio y dictamen.