Con la finalidad de garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en los puestos de toma de decisión de la administración pública estatal y municipal, las diputadas Yulma Rocha Aguilar, Martha Lourdes Ortega Roque y Dessire Ángel Rocha presentaron una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Al dar lectura a la exposición de motivos del documento, la diputada Yulma Rocha Aguilar manifestó que la paridad es un principio constitucional que de manera concisa significa igualdad política entre mujeres y hombres, y es una medida que se ha implementado para garantizar la inclusión política de las mujeres en los espacios de toma de decisión de los asuntos públicos.

“Hablar de paridad es referirnos a una transformación muy profunda que trastoca nuestra cultura y que genera resistencias sociales. Hay que reconocer que este principio, como lo conocemos ahora y los derechos políticos que este conlleva no fueron otorgados por voluntad, sino que han sido conquistados”, enfatizó.

Rocha Aguilar precisó que las reformas de paridad son modificaciones que se han hecho para compensar las desigualdades existentes entre mujeres y hombres, y dijo que Guanajuato en lo particular se caracteriza porque siempre ha innovado y ha sido pionero en la aplicación progresiva de ese principio.

También puntualizó que las cuotas de género no deben ser vistas como un techo máximo, sino como un piso mínimo, pues el principio de paridad debe interpretarse y entenderse de manera progresiva, cuya aplicación implique para todos los cargos de toma de decisión del servicio público, aunque la Constitución no mencione cada uno explícitamente.

Abundó que, en México, la paridad ha sido entendida como un requisito limitativo, que se cumple únicamente porque lo establece la Ley y no porque se tenga la voluntad de aspirar, reconocer u otorgar posibilidades más allá de lo que ésta señala.

En ese sentido, señaló que se propone establecer la obligación de observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las diversas dependencias y entidades que forman parte de los gobiernos municipales, de las personas delegadas municipales, así como en la integración de las Comisiones de los Ayuntamientos y de los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales.

Agregó que se plantea regular desde la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Orgánica Municipal, los nombramientos de las personas titulares de todas estas dependencias y entidades a efectos de garantizar la integración de las mujeres a estos espacios de toma de decisión, y que en el caso de las Contralorías y Juzgados Administrativos Municipales, en donde las personas titulares son seleccionadas a partir de ternas, se busca que  desde la conformación de esas se garantice la alternancia en el género de quienes vayan a ocupar la titularidad.

La parte relativa a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se turnó a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, mientras que lo correspondiente a la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato se remitió a la Comisión de Asuntos Municipales, y para opinión a la Comisión para la Igualdad de Género.