El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa de reforma al Código Civil estatal en materia de rectificación de actas y para establecer la garantía del derecho de toda persona al reconocimiento de su identidad de género, a través de un procedimiento administrativo ante el Registro Civil.
En la propuesta se contempla que las personas que requieren el reconocimiento de identidad de género pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para tal efecto, previa anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia; se precisan los requisitos que se deberán presentar; entre otros aspectos.
Al dar lectura a la exposición de motivos del documento, la diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia indicó que la Constitución Política establece con claridad que todas las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Agregó que, además, precisa que queda prohibida toda forma de discriminación y que era incuestionable que toda persona tiene el derecho humano, fundamental a la identidad y a ser registrado.
La legisladora mencionó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos afirma que el derecho de las personas para autodeterminar su propia identidad sexual y de género deriva del derecho a la identidad, mismo que, a su vez, se desprende del libre desarrollo de la personalidad y del derecho a la vida privada; y que el derecho a la identidad se vinculaba además con la dignidad humana, con el derecho a la vida y con el principio de autonomía de la persona.
Tiscareño Agoitia señaló que en términos jurídicos la personalidad es única, indivisible y abstracta y que uno de los elementos fundamentales de su individualización era el nombre del sujeto.
En ese sentido, indicó que el derecho a la individualización es un derecho humano de libertad y que está íntimamente vinculado con el derecho humano de libre desarrollo de la personalidad y, por lo tanto, debe ser concordante con la percepción que la persona tiene respecto de sí misma en su individualidad.
La congresista enfatizó que la identidad de género es la convicción personal de pertenecer a un género, cuando la identidad de género es disconforme con la apariencia o acreditación anterior de la persona y da lugar a la reasignación de género cuando se pretende lograr una concordancia entre el estado físico y mental de quien lo solicita.
“Es obligación del Estado establecer procedimientos expeditos, confidenciales, de carácter administrativo, tendientes a la gratuidad, para que toda persona pueda hacer valer el reconocimiento de su identidad de género auto percibida, mediante la adecuación de sus documentos oficiales, así como la posibilidad de cambiar el nombre de pila y la imagen fotográfica, sin que para ello se exijan requisitos irracionales, patologizantes o discriminatorios, como certificados médicos/o psicológicos, psiquiátricos, los cuales son invasivos y contradicen la autopercepción estigmatizándola”, subrayó.
Al sostener su propuesta, la diputada agregó que ese tipo de reconocimiento legal a la identidad de género se ha logrado ya en diferentes países y México no era la excepción, pues ese procedimiento jurídico administrativo ya existe en 13 entidades de la República Mexicana, que ya lo contemplan en su legislación civil.
Finalmente, destacó la importancia de contar con un acta de nacimiento acorde con la identidad de género que asume cada persona, ya que le permite la posibilidad de realizar otro tipo de trámites y solicitar servicios con dicho documento.
“Con esto se abre la posibilidad de sumar en la construcción de la igualdad y la no discriminación para todas las personas, en especial de aquellos grupos que históricamente han tenido una gran confronta por discriminación”, concluyó.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.