Con la finalidad de reducir los índices de impunidad y otorgarles a las víctimas de violación seguridad y justicia, las diputadas Yulma Rocha Aguilar, Dessire Ángel Rocha y Martha Lourdes Ortega Roque presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.
En su exposición de motivos, la congresista Rocha Aguilar señaló que, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas Mujeres (ONU Mujeres), se estima que a nivel mundial alrededor de 763 millones de mujeres de 15 años o más han experimentado alguna vez en su vida violencia física o sexual, lo que equivale a 1 de cada 3 mujeres en el mundo, y alrededor de 15 millones de adolescentes entre 15 y 19 años han experimentado relaciones sexuales forzadas.
Agregó que, en México, según cifras de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (INEGI, 2016), el 66% de las mujeres de 15 años o más han padecido algún tipo de violencia, destacando la psicológica (49%) y la Sexual (41%); mientras que, en Guanajuato la tendencia es similar, dijo, pues del 63% de las mujeres que afirmó haber padecido algún tipo de violencia, el 40% hizo referencia a la violencia de tipo sexual, entre las que se encuentra y destaca la violación.
Rocha Aguilar subrayó que la ONU ha definido que la violación es un acto de naturaleza sexual cometido sin consentimiento y señalado que es una vulneración de una serie de derechos humanos, como el derecho a la integridad corporal, el derecho a la autonomía personal y sexual, el derecho a la intimidad, el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental, el derecho de la mujer a la igualdad ante la ley y el derecho a no sufrir violencia, discriminación, tortura y otros tratos crueles o inhumanos.
Asimismo, precisó que en el informe de la relatora especial sobre la violencia contra la mujer del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas se expone cómo a pesar de que la mayoría de los Estados ya contemplan en su legislación la tipificación de la violación como delito, ésta continúa siendo una de las agresiones más frecuentes y que posee de los mayores índices de impunidad.
Refirió que se hace especial énfasis en la problemática que representa para la correcta procuración y administración de la justicia el hecho de que los Estados aún no reconozcan en sus legislaciones la falta de consentimiento como el elemento constitutivo esencial y central de la violación, pues en su lugar continúan poniendo como su característica principal el uso de la violencia o de la fuerza, lo que dejaba en la impunidad un sinfín de supuestos de violaciones en los que no necesariamente se recurrió al uso de la violencia o de la fuerza para cometer el crimen.
“Las disposiciones del derecho penal sobre la violación deben proteger a todas las personas sin discriminación alguna y deben incluir explícitamente los casos de violación entre cónyuges o parejas. Para su tipificación es fundamental que se especifique la falta de consentimiento como el elemento central y principal constitutivo de la violación, el cual, debe ser genuino y darse voluntariamente, como resultado del libre albedrio de la persona, teniendo en cuenta el contexto de las circunstancias que lo rodean, debe abarcar todos los actos sexuales y puede ser retirado en cualquier momento”, argumentó Rocha Aguilar.
Subrayó que en Guanajuato, actualmente el Código Penal tiene omisiones que perpetran, toleran y justifican la violencia sexual como el estupro y la violación, obstaculizando la procuración y el acceso a la justicia de las víctimas, y en el mismo sentido, dan paso a que dichos delitos queden en la impunidad, como lo son: el que no haya una definición de lo que es la cópula, centrar la definición de la violación en el uso de la violencia y no en la falta de consentimiento, así como dejar al estupro fuera de los delitos que son imprescriptibles o en cuyos casos no es punible el aborto legal y seguro.
“Con la aprobación de esta iniciativa Guanajuato se estaría posicionando como un estado vanguardista, siendo el quinto estado en eliminar el delito de estupro de su legislación para reclasificar dicha agresión como violación y la primera entidad federativa en centrar la conceptualización del delito de violación en torno a la falta de consentimiento genuino y voluntario, y no únicamente en el uso de la violencia o dependiente de ella”, enfatizó la congresista.
La propuesta contempla especificar qué es la cópula; ampliar la tipificación de la violación, incluyendo como elemento central de la misma la falta de consentimiento genuino y voluntario; aumentar los agravantes de la violación en armonización con los estándares internacionales; y eliminar el delito de estupro para reclasificar la cópula con menores de 16 años como violación.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen; y a la Comisión para la Igualdad de Género para su opinión.