Las diputadas Plásida Calzada Velázquez, Miriam Reyes Carmona, Hades Berenice Aguilar Castillo y Martha Edith Moreno Valencia, integrantes del grupo parlamentario del Partido MORENA formularon una iniciativa de reforma a la Constitución Política local, a la Ley de Salud, a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley de Víctimas en materia de interrupción legal del embarazo.

Al dar lectura a la propuesta, la diputada Hades Berenice Aguilar Castillo manifestó que el elemento fundamental de los derechos reproductivos radica en la garantía de que todas las personas puedan adoptar decisiones libres, informadas y autónomas, sin ningún tipo de violencia o discriminación, sobre todas las cuestiones de su sexualidad y reproducción, y que el ejercicio de esos derechos se materializa en la autonomía reproductiva.

Resaltó que la penalización del aborto no evita que las mujeres aborten, únicamente tiene como consecuencia que se eleven los costos económicos y sociales para que las mujeres puedan acceder al mismo, lo que tiene como consecuencia que aquellas mujeres que no pueden sortear dichos gastos se vean orilladas a la interrupción clandestina que, en varios casos, no es segura.

Agregó que existe la violación a los derechos humanos, cuando el Estado hace inaccesibles los servicios de aborto para las mujeres que lo necesitan, y se vuelve responsable de las tasas de clandestinidad y, por consiguiente, de morbilidad y mortalidad de las mujeres que son forzadas a abortar en esas condiciones.

Aguilar Castillo también habló sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia sobre el amparo interpuesto por GIRE, en la que se precisa los artículos que son inconstitucionales en su totalidad, toda vez que parten de que el aborto es un delito en cualquier etapa del embarazo y pese a que se haya realizado con consentimiento de la mujer.

Apuntó que, pese a su claridad, los efectos de la sentencia se limitan a la inaplicación de los artículos que penalizan la interrupción del embarazo para aquellos casos que acompañe la organización que interpuso el amparo GIRE.

En ese sentido, comentó que era necesario legislar en la materia por lo que se proponía reformar la Constitución Política local con la finalidad de intercambiar el inconstitucional reconocimiento de la vida desde la concepción por el derecho a decidir de forma libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de los hijos, así como la responsabilidad del Estado para garantizar los medios de acceso a ese derecho: educación sexual y servicios de salud reproductiva e interrupción del embarazo.

También el Código Penal para eliminar la criminalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación, con lo cual se atiende la evidente inconstitucionalidad del tipo penal vigente; la Ley de Salud para reconocer el derecho a la autonomía reproductiva, y para establecer su garantía a través de la obligación del Estado para la prestación de los servicios de interrupción del embarazo.

De igual manera, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer la autonomía reproductiva como uno de los principios de la Ley, y que en el caso concreto se traduce en el derecho a elegir y materializar libremente planes de vida sin la intervención injustificada de terceros o del propio poder estatal; y la Ley de Víctimas para establecer la garantía de acceso a los servicios de anticoncepción de emergencia y de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por la ley, con absoluto respeto a la voluntad de la víctima.

La parte correspondiente a la Constitución Política local y a la Ley de Víctimas se turnaron a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales; lo correspondiente al Código Penal se remitió a la Comisión de Justicia; lo referente a la Ley de Salud se mandó a la Comisión de Salud Pública y lo tocante a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado a la Comisión para la Igualdad de Género.