1 de mayo de 2021

  • De acuerdo con la segunda fracción del artículo 15 del Reglamento de Policía y Buen Gobierno, es una falta administrativa “ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos, por razones de seguridad y salud pública”.
  • Entre el primero de enero y la última semana de abrir, la Policía Municipal de Silao reportó un total de 360 personas remitidas a los separos preventivos por infringir esta disposición.
  • El Reglamento de Policía y Buen Gobierno tipifica las conductas que constituyen faltas o infracciones contra el orden público.
  • Se consideran faltas contra este Reglamento todas aquellas acciones u omisiones realizadas en espacios de uso común que alteren o afecten el orden público, la moralidad, la salubridad o la tranquilidad pública.
  • Según el mismo articulado, también es una falta el ocasionar molestias al vecindario con ruidos o sonidos de alargada o escandalosa duración, ya sea con aparatos musicales o de otro tipo que se utilicen con alta o inusual intensidad sonora y sin autorización de la dependencia competente.

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