El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria, aprobó las resoluciones de procedimientos sancionadores ordinarios.
Expediente 02/2026-PSO-CG.
El procedimiento derivó de la denuncia presentada por José Israel Martínez Vidal, representante suplente del Partido Acción Nacional, en contra de la diputada local del Congreso del Estado de Guanajuato, Maribel Aguilar González, y del administrador de su página de Facebook, Jorge Mauricio Soto Mendoza.
En la denuncia se les atribuyó la difusión de propaganda gubernamental con promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos; así como a la legisladora la realización de actos anticipados de campaña y al partido morena la omisión en su deber de cuidado. Lo anterior con motivo de la publicación en redes sociales de diversos videos relacionados con programas sociales federales dirigidos a personas adultas mayores y mujeres en el municipio de Irapuato.
Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas al estimar que no se acreditan de manera concurrente los elementos objetivo y temporal para actualizar la promoción personalizada, ni tampoco el uso indebido de recursos públicos. De igual forma, se concluyó que no se actualiza el elemento personal que los actos anticipados de campaña atribuidos a la legisladora al no existir elementos que permitan considerarla como aspirante a un cargo de elección popular al momento de emitirse la resolución. En consecuencia, tampoco se actualiza la responsabilidad del partido morena por culpa in vigilando.
Expediente 03/2026-PSO-CG:
El procedimiento derivó de la denuncia presentada por José Israel Martínez Vidal, representante suplente del Partido Acción Nacional, en contra de Maribel Aguilar González, diputada local del Congreso del Estado de Guanajuato.
En la denuncia se atribuyó la vulneración a las reglas de difusión del informe de labores fuera del plazo previsto en la ley, la difusión de propaganda gubernamental con promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos; asimismo, se señaló al partido morena por la presunta omisión en su deber de cuidado.
Se declaró la existencia de la infracción consistente en la vulneración del Artículo 242 Numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al haberse difundido el informe de labores fuera del plazo legal. En consecuencia, se ordenó dar vista al Congreso del Estado de Guanajuato para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda.
Por cuanto hace a las demás conductas denunciadas, se declaró su inexistencia al estimar que no se actualizaron los elementos necesarios para tener por acreditadas las infracciones previstas en la normativa electoral.
La sesión completa se puede ver en:
https://www.facebook.com/reel/4520809784902740/?s=single_unit
https://www.youtube.com/watch?v=hR4qZJxYbGg&t=1698s
